 |
RECIBIR LA DADA DE ALTA DE LA CORTE DE BANCARROTA Y REHACER SU CREDITO
Esta es la última parte de la serie de artículos que el autor está escribiendo acerca del proceso al que un individuo tendría que observar para solicitar a la petición del alivio bajo Capítulo 7 y/o Capítulo 13 del Código de Bancarrota de Estados Unidos. Este artículo enfocará como individuos, luego de haber solicitado por el alivio del Capítulo 7 o Capítulo 13, pueden arreglar su crédito que ha sido reportado a las tres agencias nacionales. Estos artículos se publican cada Segunda y tercera semana del periódico Su Guia.
Muchas personas que están considerando solicitar por el alivio del Capítulo 7 o 13 de bancarrota, tienen la erronea opinión de que por solicitar a la bancarrota, su crédito estará arruinado de 7 a 10 años. Para la mayoría de los individuos que legítimamente caen dentro del foco que cubre la protección del Capítulo 7 y 13, esta suposición está lejos de la verdad. De por sí, el crédito de la mayoría de los individuos que necesitan considerar la bancarrota, ya se encuentra en pobres condiciones, y no tienen la posibilidad, en un futuro cercano, estar al día con sus acreedores. Para estos individuos, solicitar al Capítulo 7 de bancarrota, es usualmente el primer paso para reconstruir su crédito.
La mayoría de las personas, que son elegibles a al protección del Capítlo 7, no pueden pagar del todo sus hipotecas, préstamos de autos, o los intereses relacionados con el crédito. El solicitar para la petición de bancarrota, le bajará los puntos al crédito del que debe, con las agencias a la que se reportan. Experian, Trans Union and Equifax (“agencias” a las hechas referencia anteriormente). Sin embargo, eliminando el peso tremendo del no poder pagar las deudas no aseguradas, permite a los que solicitan al Capítulo 7, que tengan la habilidad de pagar a tiempo, todas sus deudas existentes adquiridas previamente de acreedores asegurados, tanto como nuevos acreedores no asegurados. Cada uno de estos pagos aparecen en el reporte hechos con las agencias. Los dueños y presidentes de varias companies prestamistas de New Jersey, (mortgage bankers and brokers), me han informado que solo pagando un mínimo de tres, (preferiblemente cuatro) acreedores cada mes, casi todos los individuos podrán procurar hipotecas, préstamos para autos y crédito con tasas de intereses un poco más alta (1/2% a 1% más alta). Esto, tan pronto que se cumpla el año de la orden de dada de alta. El proceso del Capítulo 7 de bancarrota toma, aproximadamente cuatro meses del día en que se solicita, hasta recibir la orden de dada de alta.
En los acreedores más comunes, quienes automáticamente reportan todos los pagos a las agencias, se incluyen aquellos quienes reciben pagos hipotecarios, de autos y de tarjetas de crédito (incluyendo tarjetas de gasolineras y de tiendas). Para los solicitantes, que no llevan una hipoteca o son propietarios de un auto, probablemente será mejor tratar de mentener una o dos tarjetas de crédito sin asegurar, con un balance bajo, para luego de que se termine su caso de bancarrota usted pague a un mínimo de tres o más acreedores cada mes. Estas personas no tendrán problema tampoco si tratan de procurar dos o más tarjetas de crédito aseguradas luego de la orden de dada de alta. Claro está, que yo no recomiendo que alguien suba sus deudas significativamente; la suma de dinero que se cobra cada mes no tiene importancia. El escritor recomienda que los que solicitan, carguen a sus tarjetas, un mímino de por ejemplo, $10.00 o menos, y paguen completo su balance cada mes. Mientras es preferible que pague todo el balance, es más importante aun que luego de haber sido dado de alta, la persona pague a tiempo su balance mínimo cada mes. Tener acceso a crédito y buen crédito es de gran valor en nuestro país. Actualmente está por pasar una ley en Washington D.C. que hará mucho más difícil a que muchos individuos y/o esposos soliciten por la protección del Capítulo 7 de bancarrota. Esta enmienda no ha sido pasada como ley todavía; sin embargo, lo será en un futuro cercano. Como es apropiado, el autor recomienda que todos los individuos que están abrumados por una gran deuda, llame a un abogado especializado en bancarrota, o llame a mi oficina al número de teléfono gratis que se menciona más abajo para hacer una cita a una consulta gratis y ver si califica para la protección del Capítulo 7 y/o Capítulo 13.
El próximo artículo, “Capítulo 7-A Empezar de nuevo” enfocará a la protección general que se le da a los que deben bajo el Código de Bancarrota de Estados Unidos.
Call today for a free consultation.
(201) 883-1190
Marc G. Alster, Attorney at law
Click here to contact our firm.
|
 |