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EXENCIONES DEL CAPITULO 7 Y EL CAPITULO 13
(2da. parte)
(Preguntas comunmente hechas por individuos solicitando solos o juntos (en caso de esposo y esposa) al Capítulo 7 o Capítulo 13 de Petición a la Bancarrota.

Además del conocimiento que tenga la persona que debe acerca de lo mencionado en el artículo anterior, de las exenciones de la Sección 522, las personas que deben, deben darse cuenta que no es el propósito del encargado del Capítulo 7 o 13 el dejar a la persona que debe sin un centavo que no esté protegido por una exención específica. La función del encargado al Capítulo 7 y 13 es determinar si una persona que debe es propietaria y/o tiene intereses en algun bien adquisitivo que se pasa considerablemente de la cantidad provista por las exenciones de la Sección 522 del código de Bancarrota de los Estados Unidos. Si el encargado determina que cuya propiedad existe, entonces, el encargado puede localizar y/o vender ese bien adquisitivo, mantener aproximadamente 10% de la porción de la exención que no es exenta y para cubrir la cuota del encargado. Así poder proveer a todos los acreedores con las porciones iguales de cualquier fondo sobrante que se derive de la venta de tal bien adquisitivo. En la mayoría de los casos, el encargado requerirá que el que debe, venda la propiedad, o requiera que el que debe pague al encargado una cantidad en efectivo por la parte de la propiedad que no está exenta.

En la mayoría de los casos que yo tengo, los bienes adquisitivos de los que son propietarios los individuos, o el individuo, están claramente dentro de la protección que se les provee bajo la Sección 522 del Código de Bancarrotas de Estados Unidos. Para ser realistas, no vale la pena que un encargado de bancarrota tome tiempo para localizar una propiedad en la cual el que debe tenga un $1,000.00 en intereses sobre lo provisto por la sección 522. Simplemente, no tiene sentido para un encargado hacer todo este trabajo de localizar, y forzar a que se venda tal propiedad, teniendo en cuenta que la couta de éste es solo de $100.00, para solo poder repartir los $900.00 restantes entre todos los acreedores no asegurados.

Por supuesto, en casi todos los casos, un encargado tomará este panorama real dentro de su consideración, antes que el/ella tenga que tomar cualquier acción de forzar la venta de bienes, o requerir un pago en efectivo equivalente por parte del que debe. Por dar un ejemplo, antes de calcular la exención permitida bajo la Sección 522, un encargado considera seriamente si la perosna que debe, tiene el derecho a retener sus intereses de su residencia, haciendo que los encargados rebajen el valor de la tasa del mercado de la residencia.

Se espera que la información presentada aquí, hará que todos los individuos considerando la solicitud a la protección de bancarrota, tomen conciencia de la importancia de sonsultar y ser representado por un abogado de experiencia en lidiar con todo los asuntos relacionados con la solicitud a la petición ante la Corte de Bancarrota de Estados Unidos al Capítulo 7 y Capítulo 13. Hago mención de esto porque hay muchas personas que no son abogados que están presentando sus credenciales para hacer peticiones de bancarrota y/o representarlos en la reunión con el encargado, también llamada (audiencia 341 (a)), que tiene lugar luego de haberse hecho la petición. Los individuos deben saber, que una persona que no es un abogado, no podrá hacer presencia, ni representarlo en la Corte de Bancarrota, en caso de que surgiera un problema concerniendo éstas o cualquier otros asuntos.

Actualmente está por pasar una ley en Washington D.C. que hará mucho más difícil que muchos individuos y/o esposos soliciten a protección del Capítulo 7 de bancarrota. Esta enmienda no ha sido pasada como ley todavía; sin embargo, lo será en un futuro cercano. Como es apropiado, el autor recomienda que todos los individuos que están abrumados por una gran deuda, llame a un abogado especializado en bancarrota, o llame a mi oficina al número de teléfono gratis que se menciona más abajo para hacer una cita a una consulta gratis y ver si califica para la protección del Capítulo 7 y/o Capítulo 13.

El próximo artículo enfocará en los efectos que tiene la solicitud de bancarrota en el crédito que estarán listados y reportados en tres agencias nacionales, y de qué manera los que deben pueden volver a levanter su crédito luego de habérsele dado de alta en la Corte de Bancarrota.

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Marc G. Alster, Attorney at law


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