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PROCESO DEL CAPITULO 7 DE BANCARROTA
(2da. parte)
(Solicitud a la petición que entra dentro del decreto final y orden de baja de Bancarrota)
Otra pregunta hecha comunmente es si el que debe usó tarjetas de crédito en la lista de su petición meses antes de solicitar por la petición. La razón por la cual se hace esta pregunta es que si una persona que debe, llena su crédito con el conocimiento, o razonablemente sabe que no puede pagar las deudas incurridas, el encargado/o el acreditor puede decidir que tales deudas fueron hechas durante el período de tiempo que constituye una conducta fraudulenta por parte del que debe. Si un acreditor presenta una objeción y la corte de bancarrota encuentra que la deuda fue producida con intención de cometer fraude, la deuda no será dada de alta por el decreto final de la orden por la Corte de Bancarrota.
Si no hay objeción por parte de los acreedores, ni el encargado de su Bancarrota, (rara vez se dan estas objeciones indicadas previamente), entonces la Corte de Bancarrota da por lo general un orden o decreto final en aproximadamente una o dos semanas luego de la fecha tope en que los acreedores deberían de solicitar sus objeciones, y esta fecha ha caducado. (esta fecha sería aproximadamente dos meses y medio después de la audiencia 341(a)
Actualmente está por pasar una ley en Washington D.C. que hará mucho más difícil que muchos individuos y/o esposos soliciten la protección del Capítulo 7 de bancarrota. Esta enmienda no ha sido pasada como ley todavía; sin embargo, lo será en un futuro cercano. Como es apropiado, el autor recomienda que todos los individuos que están abrumados por una gran deuda, llame a un abogado especializado en bancarrota, o llame a mi oficina al número de teléfono gratis que se menciona más abajo para hacer una cita a una consulta gratis y ver si califica para la protección del Capítulo 7 y/o Capítulo 13.
El próximo artículo enfocará el propósito y lo que abarca la protección que se da a individuos solicitando el Capítulo 13. El artículo enfocará ambos, temas, y el proceso en sí del Capítulo 13.
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Marc G. Alster, Attorney at law
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